Conductor que no cede el paso versus motorista sin casco [SAP]

El automóvil de BENITO, que se ha saltado un ceda el paso, embiste la moto que pilota DIONISIO. Como consecuencia del impacto, DIONISIO se golpea en la cabeza con la acera, lo que, al no llevar el casco reglamentario, le ocasiona heridas mortales.

1. Culpa de la víctima

Concurrencia de culpas iguales [➜ Nociones, Tema 6, 4]: indemnización del 50%.

Por si hubiera alguna duda, que no la hay, la última reforma del art. 1 LRCSCVM ha añadido esta frase:

«Se entiende que existe dicha contribución si la víctima, por falta de uso o por uso inadecuado de cinturones, casco u otros elementos protectores, incumple la normativa de seguridad y provoca la agravación del daño».

2. Causalidad

El análisis del comportamiento de la víctima es simétrico al del causante del daño. La culpa se valora igual («buen padre de familia», valoración casuística, etc.) y debe existir relación de causalidad entre la culpa y el daño. La defensa de los familiares de DIONISIO discuten esto último porque la autopsia hace alusión a un traumatismo torácico. Si esta hubiera sido la causa de la muerte, habría que concluir que la falta de uso del casco no fue condición sine qua non del daño porque este se habría producido igualmente con casco [➜ Nociones, Tema 4, 2]. Desgraciadamente para ellos, la autopsia alude efectivamente a un traumatismo torácico, pero menciona la destrucción de centros vitales encefálicos como causa inmediata del fallecimiento.

ROJ: SAP BA 317/2015

 


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