Chaparrón ➡ filtración [SAP]

Como consecuencia de unas fuertes lluvias, el agua recibida en la terraza de un ático se filtra a la vivienda inferior, en la que daña las paredes y el parquet de madera del suelo. El propietario de esta vivienda la tiene asegurada de daños, por lo que recibe una indemnización de su aseguradora, que, a continuación, ejercita por subrogación su derecho contra el propietario del ático y su seguro [➜ Nociones, Tema 8, 2.2].

1. 1910 CCiv: una responsabilidad objetiva

Frente a la desestimación de la demanda en la sentencia de primera instancia, por considerar que no se había probado que existiera ninguna culpa en el cuidado de la terraza y su desagüe, la AP afirma que es de aplicación el art. 1910 CCiv y que este establece una responsabilidad objetiva, que no requiere la presencia y prueba de ninguna culpa [➜ Nociones, Tema 3, 3].

2. 1910 CCiv: fuerza mayor

Aunque el art. 1910 CCiv no lo menciona expresamente, se entiende que esa responsabilidad objetiva termina cuando nos encontramos ante una fuerza mayor. Los demandados presentan alguna noticia de prensa sobre las intensas lluvias caídas el día de autos y dos informes de AEMET sobre el volumen de las precipitaciones. La SAP, basándose en lo resuelto por otras Audiencias Provinciales, entiende que la lluvia no alcanzó la naturaleza extraordinaria que corresponde a una fuerza mayor [➜ Nociones, Tema 3, 3.2.B].

3. 1910 CCiv: determinación del sujeto responsable

En los regímenes de responsabilidad objetiva es a veces complicado determinar quién es la persona a la que la ley atribuye esa responsabilidad [➜ Nociones, Tema 3, 3.1.A]. En este caso, los demandados alegan que no son ellos quienes deben responder, ya que la terraza es un elemento común (aunque de uso privativo); por tanto, la responsabilidad corresponde a la comunidad de propietarios y no al propietario del ático.

La definición del sujeto responsable en el art. 1910 -«el cabeza de familia que habita una casa o parte de ella»- parece aludir más al que usa -en este caso, el propietario del ático- que a quien ostenta la titularidad dominical -la comunidad de propietarios-. La SAP llega al mismo resultado con el argumento, opinable, de que nos encontramos ante una responsabilidad solidaria impropia.

4. Daños

Los más de 7.000 € reclamados incluyen la reposición total del suelo de la vivienda afectada por las filtraciones. Los peritos de las partes disienten en cuanto a que fuera necesario reponer todo el parquet y no hay que olvidar que la carga de la prueba del daño corresponde a quien reclama [➜ Nociones, Tema 2, 3.1]. La SAP emplea para resolver la duda una interesante presunción judicial: que la reposición total del suelo había sido autorizada por la aseguradora reclamante y, como es sabido, estas no regalan nada.

ROJ: SAP IB 1398/2019


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