CATALINA es propietaria de una granja cinegética dedicada a la reproducción y venta de perdiz roja para la repoblación forestal de esta especie. La noche del 3 de agosto y hasta altas horas de la madrugada, se celebra en la finca vecina una fiesta, con un grupo musical y altas voces, que provoca las protestas de CATALINA y otros vecinos, y la intervención de la policía municipal, que toma tres mediciones acústica que dan un promedio de 86,6 Db. CATALINA reclama una indemnización por el valor de los 4541 perdices que murieron o quedaron lesionadas como consecuencia de la fiesta de marras.
1. Inmisiones acústicas excesivas
No se discute que la fiesta en cuestión constituyera una inmisión acústica excesiva [➜ Nociones, Tema 3, 2.5.C].
2. Relación de causalidad fáctica
Sí se discute la relación de causalidad en su aspecto fáctico [➜ Nociones, Tema 4, 2]: ¿fue la fiesta condición sine qua non de la mortalidad avícola?
Los peritos coinciden en que
«el exceso de ruido genera un fuerte estrés en las perdices rojas que debido a que son animales asustadizos y huidizos, tienden por ello a amontonarse ocasionando entre ellos mismo aplastamiento que es causa de muerte, o bien ésta se produce por enfermedades, como congestión intestinal procedente del citado estrés».
Ello conduce a la estimación de la demanda.
ROJ: SAP MU 109/2012
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