Perder sólo unos dientes [SAP]

CARLOS conduce su automóvil a las 22.30 por una calle que colinda con una plaza, cuando MARCELINO, de 6 años de edad, irrumpe en la calzada desde detrás de un vehículo de gran tamaño. A consecuencia del impacto, MARCELINO sufre un traumatismo que le supone la pérdida de varios dientes. Los testigos y la levedad de las lesiones acreditan que CARLOS circulaba a una velocidad muy reducida.

La LRCSCVM somete los accidentes de tráfico a una responsabilidad objetiva [Nociones, Tema 3, 3.1.B], por lo que no es necesario que existe ni se pruebe la culpa del conductor. Sin embargo, esta responsabilidad objetiva se excluye en caso de fuerza mayor o culpa exclusiva de la víctima [➜ Nociones, Tema 3, 3.2.B]. En concreto, la responsabilidad desaparece si el conductor demuestra, como en este caso, la culpa de la víctima y la ausencia de culpa por su parte, es decir, la culpa exclusiva de MARCELINO. Por ello, se desestima íntegramente la demanda interpuesta en representación de MARCELINO.

PREGUNTA
Con posterioridad a estos hechos, se ha modificado la regulación de la culpa de las víctimas menores en la LRCSCVM. Revísalo y contesta a esta pregunta: ¿cambiaría hoy el resultado?
Pulsa aquí para ver la respuesta.

Sí cambiaría: el nuevo art. 1.2 2º establece que, respecto de secuelas y lesiones temporales, el menor de 14 años tiene derecho a una indemnización plena aunque incurra en culpa. Si el menor muere, en cambio, los padres pueden enfrentarse a una reducción o supresión de la indemnización a que tendrían derecho si se aprecia culpa por su parte.

ROJ: SAP CA 776/2015

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