Responsabilidad civil por denuncia penal [SAP]

MICAELA presenta denuncia por malos tratos, con petición de orden de alejamiento, contra su pareja, EVELIO. Éste es detenido por la policía y conducido a dependencias policiales y posteriormente procesado a instancias de Fiscalía. Tras cinco meses, se celebra juicio, tras el que la sentencia declara que «existen múltiples e importantísimas contradicciones entre todas las versiones que la Sra. Micaela ha ido ofreciendo a lo largo de todo el proceso en relación a los hechos, motivo por el cual su testimonio no merece ninguna credibilidad (…)», por lo que absuelve a EVELIO por falta de pruebas.

EVELIO demanda entonces a su expareja, reclamando 6.100 € por los daños morales ocasionados.

1. Daño moral

Ni la demandada discute ni las sentencias de primera y segunda instancia se ocupan de la existencia y valoración del daño moral aducido, que parece encajar bien en las nociones de angustia o zozobra [➜ Nociones, Tema 2, 5.2.C].

2. Ejercicio legítimo de un derecho

Se discute, en cambio, si la denuncia es ejercicio legítimo de un derecho [➜ Nociones, Tema 3, 2.5.C] o, por el contrario, se trataba de un acto de abuso de Derecho, por ser una denuncia falsa.

La SAP alude a la jurisprudencia según la cual el ejercicio judicial de derechos solamente se considera abusivo si existe intención dañosa o se actúa con manifiesta negligencia. Admite que ello ocurriría si la denuncia hubiera sido falsa, pero, correspondiendo a EVELIO probar tal falsedad, considera que la prueba presentada es insuficiente. Es verdad que EVELIO es absuelto por las contradicciones de la denunciante, pero

«El juez penal nada dice al respecto y no ordena deducir testimonio por tal extremo. Por lo demás, recibida la denuncia en el Juzgado de guardia, éste practicó las diligencias de investigación que estimó oportunas y el Ministerio Fiscal formuló acusación contra el Sr. Evelio , lo que evidencia que la denuncia tenía visos de credibilidad. Que el Sr. Evelio fuera absuelto del delito que se le imputaba no es sinónimo de denuncia falsa ni significa tampoco que la denunciante hiciera un ejercicio abusivo de su derecho. El actor debía probar tales extremos y dicha prueba no se ha verificado. Tampoco se ha acreditado que la Sra. Micaela actuara con el único y deliberado propósito de causar un mal al actor, como éste afirma, pues consta la existencia de denuncias cruzadas entre las partes que evidencia la existencia de un conflicto entre ellos».

ROJ: SAP B 12422/2015


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