El 20 de agosto de 2008 se produce en el aeropuerto de Barajas el conocido accidente del vuelo Spanair 5022 que deja 154 fallecidos y varios heridos graves. Mientras se siguen diligencias penales, los perjudicados no pueden acudir a la vía civil [➜ Nociones, Tema10, 2], algo que sí hacen cuando se decreta por AAP M 15935/2012 el sobreseimiento de la causa por no encontrarse responsabilidades en los mecánicos de Spanair. En ese momento, distintos grupos de familiares demandan a la aseguradora de Spanair.
Las dos sentencias que se relacionan después vienen a coincidir en lo siguiente:
1. Responsabilidad escalonada
1. La responsabilidad por accidentes aéreos, según el Convenio de Montreal, el Reglamento (CE) n° 2027/97 y los arts. 115 y ss. de la Ley de Navegación Aérea, está sujeta a un régimen de responsabilidad escalonada [➜ Nociones, Tema 3, 3.2.D]:
- Hasta una cantidad de aproximadamente 80.000 € por pasajeros, la responsabilidad es objetiva.
- A partir de esta cantidad y hasta la totalidad del daño ocasionado, la responsabilidad es cuasiobjetiva [➜ Nociones, Tema 3, 4] o subjetiva [➜ Nociones, Tema 3, 2].
2. Dado que el accidente es imputable a la negligencia de los pilotos, la responsabilidad de Spanair (por hechos ajenos) y su aseguradora es completa, es decir, hasta el segundo de los escalones mencionados.
2. Cálculo de las indemnizaciones
Para fijar las indemnizaciones se acude al «Baremo de tráfico» [➜ Nociones, Tema 2, 6.5]. Como no se trata de una aplicación obligatoria sino meramente orientativa, los tribunales han podido decidir incrementar la cifra resultante en un 50%, atendiendo a datos como el grave traumatismo que causan este tipo de accidentes.
PREGUNTA |
Si no se hubieran archivado las diligencias penales y se hubiera condenado finalmente a los mecánicos de Spanair, ¿qué habría pasado con las indemnizaciones?
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Para aquellos perjudicados que no hubieran hecho reserva de acciones en el procedimiento penal, su defensa (acusación particular) o el Ministerio Fiscal habrían solicitado que, en concepto de responsabilidad civil ex delicto, los mecánicos condenados y, como responsable por hechos ajenos, Spanair (y su aseguradora) fueran condenados a abonar una indemnización por los daños causados; sería la propia sentencia penal la que resolvería sobre ello.
Los perjudicados que, por el contrario, hubieran hecho reserva de acciones, tendrían libre la posibilidad de acudir a la vía civil para reclamar una indemnización.
ROJ SJM M 154/2015 y SJM B 8/2015
El criterio seguido para el cálculo de la indemnización por estas sentencias ha sido validado por ROJ STS 1513/2019 y STS 2760/2019.
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